El fenómeno de las llamadas perdidas desde la teoría de Grice

Tenemos:

S: Perdida en el móvil (fuerza ilocutiva: de demanda para crear una intención)

P: Parlante

A: Audiencia

(i)                 P quiere producir un cierto estado mental en A, a saber: la intención de que llame a P.

(ii)                P piensa que llevar a término S puede ser un medio para conseguir su objetivo, expresado en (i).

(iii)               El plan de P para conseguir su objetivo, expresado en (i) a través del medio expresado en (ii), es que A, a quien supone racional, lleve a término un pequeño razonamiento práctico la conclusión del cual será precisamente la bondad de la acción que P quiere que A trate de llevar a término, y que, aceptando A la verdad de las premisas de su razonamiento, acepte también la conclusión, formando así la intención que P quiere producir en él.

Razonamiento práctico que P quiere que A haga:

a)      La persona que me llama por teléfono ha colgado justo después de un breve tono quedando así constatada como llamada perdida.

b)     Tal acción no tiene sentido porque se llama para comunicarse por habla e imagino que él también lo sabe. Podría tratarse de algo hecho “sin querer”. Otra posibilidad no despreciable, pero, es que se trate de una acción suya.

c)      En este caso, es más probable que él sepa que estoy junto a mi teléfono móvil, capaz así de apreciar a) y b), así el propósito de su acción puede ser precisamente producir en esta otra la perplejidad expresada en a) y b) y a través de esto hacer un razonamiento que estoy iniciando.

d)     En tal caso lo que debe estar consiguiendo es algo como lo que los razonamientos producen, un juicio si es un razonamiento teórico o una intención si es un razonamiento práctico. Y, en este contexto, dado lo que una llamada perdida significa ordinariamente, y dado que ha llamado y ha colgado inmediatamente, lo que está intentando conseguir es que me percate que él quiere que yo forme la intención de devolverle la llamada; en otras palabras, que yo sea consciente de su deseo de que yo forme la intención de devolverle la llamada.

e)      La única razón sensata para que P quiera que yo sea consciente de su deseo de que yo forme la intención de devolverle la llamada, en este caso, es que él quiere recibir mi llamada para comunicarse conmigo haciéndome una llamada perdida para que le devuelva la llamada. Lo mejor que puedo hacer en esta situación es, entonces, devolverle la llamada. 

Paso del significado ocasional a significado convencional

Para convertir una conducta ocasional en una convención[1]  es necesario lo siguiente:

Una acción R llevada a término de modo regular por los miembros de la comunidad C constituye una convención en C sii:

(i)                  Todo miembro de C se atiene a R.

(ii)                Todo miembro de C cree que todo miembro de C se atiene a R.

(iii)               La creencia que todo miembro de C se atiene a R constituye para cada miembro de C una razón para atenerse él mismo a R (por esta cláusula mantengo la convención).

(iv)              Todo miembro de C prefiere que todo miembro de C se atenga a R a que todos excepto uno (puede ser uno mismo) se atenga a R (esto excluye obligaciones como tener que pagar el metro… Así pues, lo importante es que me convenga).

(v)                Existe, al menos, una regularidad alternativa (es decir, un poderlo hacer de otra manera), R’, que serviría a los mismos fines a que sirve R.

(vi)              Existe conocimiento mutuo (yo sé que tú sabes, yo sé que tú sabes que yo sé, yo sé que…) entre los miembros de C de lo que las cláusulas anteriores establecen.

Análisis del signo convencional

Tenemos:

S: signo

P: juicio o demanda

 Dos casos:

1-S es un signo indicativo, el significado convencional del cual en la comunidad C es ser un informe de que P sii:

Existe una regularidad (a y b son las regularidades) tal que:

 a)      Cuando los miembros de la comunidad, creyente de P, quieren que su audiencia juzgue que P, emiten para conseguirlo a S, esperando que su audiencia, conocedora de esta práctica, reconozca esta intención suya de que juzgue que P, y que lo juzgue como consecuencia del reconocimiento.

 b)      Cuando otro miembro emite S esto los lleva a reconocer la intención del emisor de que juzgue que P, y en consecuencia pase a formar el juicio de que P.

-La conformidad con estas regularidades se preserva por el mecanismo de convenciones.

2-S es un signo imperativo, el significado convencional del cual en la comunidad C es ser una demanda de que P sii:

 Existe una regularidad tal que:

 a)      Cuando los miembros de la comunidad desean que otro forme la intención de que P, emiten para conseguirlo a S, esperando que su audiencia, conocedora de esta práctica, reconozca esta intención de que formen la intención que P, y que los lleve a formularla de hecho en consecuencia del reconocimiento.

 b)      Cuando otro miembro emite S esto los lleva a reconocer la intención del emisor de que formen la intención de que P, y en consecuencia pase a formar la intención de que P.

-La conformidad con estas regularidades se preserva por el mecanismo de convenciones.


[1] Concepción de David Lewis

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